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Villafranca de Córdoba ha aprobado el Reglamento del Registro Municipal de Asociaciones Vecinales y Entidades sin ánimo de lucro

El Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba ha aprobado el Reglamento del Registro Municipal de Asociaciones Vecinales y Entidades sin ánimo de lucro.

Este Reglamento establece el marco jurídico regulador del Registro Municipal de Asociaciones Vecinales y otras Entidades sin ánimo de lucro de Villafranca de Córdoba como instrumento que documente la realidad del tejido asociativo y de participación colectiva y ofrezca la información necesaria que fundamente acciones públicas de fomento de la participación vecinal en los asuntos de interés público, la transparencia en la gestión municipal y, finalmente satisfacer mejor las necesidades de la ciudadanía.

El Registro Municipal de Asociaciones Vecinales y Entidades sin ánimo de lucro de Villafranca de Córdoba tiene por objeto permitir al Ayuntamiento conocer la realidad de los colectivos, asociaciones, fundaciones y grupos estables, todos ellos sin ánimo de lucro, que tengan su ámbito de actuación principal en el municipio de Villafranca de Córdoba, con la finalidad de posibilitar una correcta política municipal de fomento del asociacionismo vecinal y participación de la ciudadanía en la gestión de los asuntos que les interesen.

Los datos contenidos en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales y Entidades sin ánimo de lucro de Villafranca de Córdoba serán públicos y pueden ser consultados por cualquier persona interesada, sin más limitaciones que las previstas en la legislación vigente.

El Ayuntamiento propiciará la consulta de los datos relativos a los procedimientos de inscripción a través de su sede electrónica de cualquier otro registro. La inscripción en este Registro Municipal se realizará sin perjuicio de la que obligatoriamente corresponde efectuar, en los términos previstos en la Ley de Asociaciones, en el registro General de Asociaciones de la Junta de Andalucía o del Estado, por lo que la inscripción de las entidades u organizaciones en este último no presupone la inscripción en el Registro Municipal.

Podrán ser inscritas en este Registro las entidades legalmente constituidas y con sede social en el municipio de Villafranca de Córdoba, que carezcan de ánimo de lucro y cuyo objetivo sea la defensa, fomento o mejora de los intereses generales o sectoriales del municipio, y en particular, las asociaciones vecinales, la de padres y madres, las entidades de acción social, culturales, deportivas, cooperación internacional, filantrópicas, recreativas, juveniles, empresariales, profesionales y cualesquiera otras similares que ejerzan sus actividades dentro de este municipio.

La inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales y Entidades sin ánimo de lucro de Villafranca de Córdoba es de carácter voluntario y gratuito. La inscripción no es un requisito constitutivo, pero será necesaria para el acceso a las subvenciones, servicios y otras acciones de fomento municipales. Para hacer el registro se debe hacer llegar una solicitud con una serie de documentos entre ellos la copia de los Estatutos de la Asociación o Entidad solicitante, el número de inscripción en el Registro General de Asociaciones de la Junta de Andalucía, el nombre de las personas que ocupan los cargos directivos, el domicilio social, el código de Identificación Fiscal, la certificación del número de socios de la Asociación en el momento de la solicitud una memoria de actividades del año anterior y el Proyecto y el presupuesto del año en curso, así como la certificación, en su caso, de pertenencia a federaciones, confederaciones u otras uniones asociativas.

Las Asociaciones y Entidades inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales y Entidades sin ánimo de lucro de Villafranca de Córdoba, previa solicitud, disfrutarán recibir en su domicilio social las convocatorias de los órganos colegiados municipales que celebren sesiones públicas cuando en el orden del día figuren cuestiones relacionadas con el objeto social de la Entidad, usar servicios públicos municipales, especialmente locales e inmuebles y ser beneficiarios de ayudas económicas, en función de lo previsto en el Presupuesto Municipal y la Convocatoria Anual de Subvenciones para este colectivo del Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba.

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