El Ayuntamiento de Pedro Abad ha aprobado su ordenanza municipal de caminos municipales que pretende regular la creación, delimitación, gestión y protección administrativa de los caminos rurales, definir el ejercicio de los usos compatibles con ellos, y los derechos y obligaciones de los usuarios, así como el de las potestades otorgadas al Ayuntamiento de Pedro Abad en este sentido por el Ordenamiento jurídico vigente.
A los efectos de esta Ordenanza, se definen los caminos rurales como las vías de comunicación que cubran las necesidades de acceso generadas en las áreas rurales, bien dando servicio a núcleos de población o a los predios agrícolas o forestales, incluyendo en su concepto la plataforma, el material del firme, las cunetas, las obras de fábrica, los desmontes, los terraplenes y las obras e instalaciones auxiliares que como tal se cataloguen, (fuentes, abrevaderos, muros de piedra, descansaderos, etc. así como otros elementos de interés histórico y etnográfico; siempre que éstos no resulten de propiedad privada).
Se incluyen los caminos promovidos en su día por las Hermandades de Agricultores y Ganaderos, Cámaras Agrarias, Grupos sindicales de Colonización y otras asociaciones auspiciadas directamente por el Estado.
Y la ordenanza regula los tipos de vías, las potestades de las mismas y articula el catálogo de caminos. También regula su utilización y aprovechamientos y todo lo que tiene que ver con las zonas que lindan con los mismos.
Además de las normas también se recogen las sanciones por incumplimientos.














