El Boletín Oficial de la Provincia ha publicado las bases de las subvenciones que pone en marcha el Ayuntamiento de Montoro destinadas a las Asociaciones sin ánimo de lucro que estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento, personas físicas que realicen algún tipo de actividad relacionada con el municipio y AMPAS de la localidad.
Podrán presentarse para su financiación aquellos proyectos y/o actuaciones que, o bien se desarrollen en el ámbito de este municipio o bien, repercutan en ciudadanos de este municipio, teniendo por finalidad y estén recogidos en alguna de las líneas de actuación marcadas en las distintas áreas objeto de subvención y se desarrollen en el año 2024.
Los proyectos presentados deberán perseguir fines culturales, de educación y fines deportivos.
Son gastos objeto de subvención, el material fungible siempre que quede acreditado en el proyecto la justificación o necesidades del adquirir el mismo, y /o la imposibilidad de desarrollar dichas actividades sin dicho material. También los gastos de personal que se acreditarán mediante contratación o bien mediante prestación de servicios por parte de una empresa externa y los gastos de transporte, realizados a través de transporte público. Igualmente se consideran gastos subvencionables los de alojamiento obligatorio conforme al proyecto como consecuencia de actividades realizadas fuera de la localidad y de duración superior a un día que deberán presentarse junto a un calendario de la actividad. También se subvenciona el avituallamiento solido o líquido, necesidad de que dentro del proyecto queden perfectamente justificados con el fin perseguido.
Quedan expresamente fuera de los objetos subvencionables, los gastos de funcionamiento y mantenimiento de sede, los gastos y comisiones financieras y los gastos derivados de sanciones administrativas. También quedan fuera los gastos de servicios, suministro y demás necesarios para la realización de las actividades y la póliza de responsabilidad civil y accidentes que sean necesarios para la realización de actividades. Tampoco se incluyen los gastos federativos y/o inscripciones en competiciones oficiales o los gastos que sean competencia de otra administración.
La cuantía económica total asciende a 76.000,00 euros que se desglosa de la forma siguiente en base a las áreas a subvencionar. Concretamente 6.000 Euros para Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos y 6.000,00 euros y 70.000 Euros en subvenciones a familia e instituciones sin fines de lucro.
El plazo de presentación está abierto hasta el 22 de junio y la solicitud deberá ser acompañada de la documentación prevista en las bases reguladoras publicadas en la sede electrónica y sus anexos correspondientes.















