El Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba ha aprobado de forma definitiva la nueva Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de celebración de matrimonios civiles, una vez finalizado el periodo de exposición pública sin que se hayan presentado reclamaciones ni alegaciones .
La ordenanza fue aprobada inicialmente en sesión ordinaria del Pleno municipal celebrada el 17 de noviembre de 2025 y, conforme a lo establecido en la normativa vigente, ha quedado elevada a definitiva tras su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba .
El texto regula las condiciones del servicio municipal de celebración de matrimonios civiles, que se prestará en edificios e instalaciones municipales o en los lugares autorizados dentro del término municipal. Asimismo, establece quiénes tienen la condición de sujetos pasivos de la tasa, las normas de gestión, la documentación necesaria y las obligaciones de los contrayentes para garantizar el buen uso de las instalaciones municipales .
La ordenanza fija distintas cuotas tributarias en función del día y horario de la celebración, diferenciando entre horario ordinario y extraordinario, así como una tarifa específica para los matrimonios sin acto público. Igualmente, contempla la posibilidad de exigir una fianza para responder de posibles desperfectos en el lugar de celebración, que será devuelta tras comprobarse el buen estado de las instalaciones .
El texto también regula los supuestos de devolución de la tasa, tanto en los casos en que la ceremonia no pueda celebrarse por causa imputable al Ayuntamiento como cuando la suspensión sea atribuible a los propios contrayentes, siempre que se comunique con la antelación establecida .














